Abogado experto en divorcios

El proceso de disolución de un vínculo matrimonial requiere atención en múltiples dimensiones de la vida personal de los involucrados. Un divorcio produce un impacto en el ámbito emocional, patrimonial y social de los individuos, sus familias y a veces incluso terceros. Somos conscientes de que cada una de estas dimensiones requiere un enfoque y disposición diferente; y estamos preparados para ello. Contáctanos para evaluar tu caso.

Alternativas de divorcio.

Mutuo Acuerdo

Divorcio Unilateral

Divorcio Culposo

Preguntas Frecuentes.

  • flecha-abajo ¿De qué maneras me puedo divorciar?
  • El divorcio puede materializarse de tres maneras: (1) de mutuo acuerdo, (2) unilateralmente, (3) divorcio por culpa de uno de los cónyuges.

    (1) Divorcio de común acuerdo o “por mutuo consentimiento”. Es la manera más simple y ordenada para divorciarse. Las partes concurren de consuno solicitando el divorcio, acompañando acuerdo regulador. Si se cumplen los requisitos, el tribunal aprueba el divorcio. Esta forma de divorcio exige:

    • Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en divorciarse.
    • Se debe acreditar cese de convivencia por al menos 1 año.
    • Se debe presentar un acuerdo completo y suficiente.

    Ventajas: es más rápido y exige menor plazo de espera; menor conflicto judicial, menor incertidumbre en el resultado de la sentencia; el juez revisa que el acuerdo proteja a los hijos y sea equilibrado; no es un juicio propiamente tal, sino una solicitud que se presenta a un tribunal para que apruebe un acuerdo.

    Desventajas: si el quiebre matrimonial fue conflictivo, es muy difícil de materializar; el acuerdo completo y suficiente no es plenamente libre, el tribunal revisará las condiciones del acuerdo, especialmente en las disposiciones relativas a los hijos; puede transformarse en una negociación infinita.

    (2) Divorcio unilateral. Se aplica cuando uno solo de los cónyuges quiere el divorcio. Una de las partes demanda a la otra de divorcio y después de un juicio se resuelven los conflictos de las partes por medio de una sentencia. Esta forma de divorcio exige:

    • Un plazo de 3 años desde el cese de convivencia.
    • El demandante debe haber cumplido con obligaciones alimenticias.
    • Exige presentar pruebas precisas y detalladas respecto de los derechos que se reclaman.

    Ventajas: es la manera de divorciarse en caso de que el otro cónyuge no quiera prestar su consentimiento.

    Desventajas: exige un plazo de 3 años para solicitarlo, más que el divorcio por mutuo acuerdo; es un juicio y, por lo tanto, es más largo y conflictivo; existe incertidumbre sobre los resultados concretos de la sentencia.

    (3) Divorcio por culpa o divorcio sanción. Disolución del vínculo matrimonial por infracción grave a los deberes del matrimonio de uno de los cónyuges, haciendo intolerable la vida en común. Casos típicos de divorcio culposo: casos de infidelidad matrimonial; actos de violencia intrafamiliar; abandono prolongado e injustificado. Esta forma de divorcio exige:

    • Probar la existencia de culpa en el cónyuge infractor.
    • Presentar pruebas específicas y detalladas de todos los derechos que se reclaman

    Ventajas: no exige plazo para solicitar el divorcio.

    Desventajas: es el divorcio más conflictivo posible; el conflicto se extiende a las relaciones con los hijos y la repartición de bienes en caso de ser procedente.

  • flecha-abajo¿Puedo divorciarme si mi marido o mujer no quiere?
  • Efectivamente, es posible divorciarse sin el consentimiento del otro cónyuge, pero es más engorroso. Para ello existe el divorcio unilateral, que exige un plazo de al menos 3 años contados desde el cese de convivencia; o el divorcio sanción, que exige demostrar respecto del otro cónyuge, una infracción grave y culpable en los deberes del matrimonio.

  • flecha-abajo ¿Qué trámites debo hacer para realizar mi divorcio?
  • Para el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio unilateral, es importante haber dejado constancia del cese de convivencia mediante escritura pública, o mediante acta ante oficial del registro civil, o mediante escritura protocolizada.

    Ambos cónyuges deben ser conscientes del cese de convivencia. Esto quiere decir que, si solo uno deja constancia, el otro cónyuge debe ser notificado judicialmente. La forma más sencilla es que ambos acudan ante notaría o registro civil para dejar constancia del cese de convivencia.

    En el divorcio de mutuo acuerdo, es importante presentar un acuerdo completo y suficiente, que debe regular los derechos y relaciones mutuas de ambos cónyuges, como los alimentos que se deben mutuamente y compensación económica si procede; y en caso que existan hijos menores de edad, el acuerdo debe tratar sobre alimentos, relación directa y regular (visitas) cuidado personal y patria potestad.

    Si bien, en el divorcio sanción no hay un trámite previo como tal, la complejidad para iniciar su ejecución se encuentra en contar con los medios probatorios que efectivamente acrediten la culpabilidad del otro cónyuge.

  • flecha-abajo ¿Cuánto tiempo debo esperar para divorciarme?
  • Depende del tipo de divorcio que procede aplicar. En el divorcio de mutuo acuerdo, solo se exige un año desde el cese de convivencia; en el divorcio unilateral, se exigen 3 años desde cese de convivencia. En el divorcio sanción no se exige plazo, pero en juicio se debe probar la materialización de una infracción grave y culposa respecto de los deberes del matrimonio y por lo tanto es un juicio más engorroso y de mayor duración.

  • flecha-abajo ¿Qué ocurre con los bienes del matrimonio después del divorcio?
  • Los efectos de un divorcio sobre los bienes de los cónyuges dependen del régimen patrimonial del matrimonio existente al momento de la sentencia de divorcio.

    Si los cónyuges se encontraban casados bajo el régimen de sociedad conyugal (comunidad de bienes), con el divorcio este regimen se termina y los bienes deben ser liquidados y adjudicados a cada cónyuge de acuerdo con las reglas que el Código Civil establece en esta materia.

    Si los cónyuges se encontraban casados bajo el régimen de participación en los gananciales, se debe calcular el patrimonio inicial y el final de ambos cónyuges. Aquel cónyuge que obtuvo un mayor incremento patrimonial debe compensar al otro, para que ambos terminen con el mismo incremento patrimonial.

    Si el régimen patrimonial del matrimonio era separación total de bienes, no hay trámites adicionales por realizar con posterioridad al divorcio, no existe la obligación de repartir bienes ni dinero. Cada uno mantiene lo que tenía durante el matrimonio.

  • flecha-abajo ¿En juicio de divorcio el juez reparte los bienes del matrimonio?
  • No, el juez de familia que conoce de un divorcio no es competente al momento de liquidar y adjudicar los bienes del matrimonio. Cuando los cónyuges estaban casados por medio de sociedad conyugal, la liquidación y adjudicación de bienes se puede realizar por dos vías: (1) acuerdo entre las partes, a través de una escritura pública realizada por un abogado, que es la vía más eficiente; (2) Juicio de partición de bienes ante un árbitro liquidador, que es la vía más costosa y dilatada. En general, lo más recomendable es llegar a un acuerdo.

  • flecha-abajo ¿Qué ocurre si en mi matrimonio hay hijos menores de edad?
  • Depende del tipo de divorcio que se pretenda realizar. En el divorcio por mutuo acuerdo, los progenitores necesariamente deben llegar a un arreglo en materia de cuidado personal, patria potestad, pensión alimenticia y relación directa y regular de los hijos menores de edad; este acuerdo se materializa a través de un “acuerdo completo y suficiente. En divorcio unilateral y divorcio sanción no se exige alcanzar acuerdos en relación con los hijos.

Referencias

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